¿Cómo pagar el aguinaldo en 2020?

Ya estamos en diciembre, el último mes del año y del cual se desprenden varias festividades muy importantes, así como ser una época del año caracterizada por la abundancia. Una parte muy importante de este mes para las empresas es la distribución del Aguinaldo a los colaboradores.

Lastimosamente, este año esta prestación podría no ser tan generosa como normalmente lo es, esto en consecuencia del gran paro económico que muchas empresas sufrieron durante los meses de cuarentena obligatoria, así como el bajo flujo de ingresos por el cierre de varias empresas, aunado a la lenta y paulatina reactivación económica.


Sin embargo, si tuviste la fortuna de seguir con empleo durante la pandemia, conoce cómo se calculará el aguinaldo en consecuencia de un salario reducido porcentualmente de manera solidaria con la empresa y que dice la ley al respecto.


¿Cómo calcular el aguinaldo por ley?

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo determina el derecho de los trabajadores a percibir una gratificación anual equivalente al menos a 15 días de salario y pagadera antes del día 20 de diciembre del ejercicio.

Se tiene el derecho a dicha percepción independientemente de que a la fecha del pago no se esté laborando ya en la empresa, en cuyo caso, se recibirá la parte proporcional al tiempo que, si se laboró, sea cual sea que haya sido.



El aguinaldo se pagará en base al salario diario vigente que percibe el trabajador al momento del pago del aguinaldo y no al salario integrado (con el que se cotiza ante el IMSS). Por supuesto, el patrón deberá emitir un CFDI por este concepto al trabajador con todos los requisitos fiscales vigentes. La retención del ISR puede hacerse por cualquiera de los 3 procedimientos previstos en la LISR:

  • a) conforme a las tarifas del artículo 96 
  • b) conforme al 172 del Reglamento de LISR o 
  • c) mediante el cálculo con la tarifa anual (si conocemos anticipadamente el total de ingresos que va a percibir el trabajador en el año completo).

Adelantándose a las épocas.


La razón de este derecho es para que los trabajadores puedan hacer frente a los gastos que se tienen por las festividades de Navidad y Año Nuevo en esa época del año. A últimas fechas, con motivo de la implementación del denominado “Buen Fin”, en que muchas empresas participan con descuentos en los precios para que la gente pueda adquirir regalos y bienes, muchas empresas han tomado la práctica de anticipar el pago del aguinaldo en el mes de noviembre.



Si tienes dudas o algún inconveniente para realizar el reparto del aguinaldo con tus colaboradores, no dudes en comunicarte con nuestros asesores que te ayudarán a encontrar la mejor manera de cumplir con tus obligaciones patronales.

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