A partir de febrero del 2020, queda asentado de manera obligatoria utilizar las nuevas reglas de la validez de CFDI en las nóminas, específicamente el uso obligatorio del 0 (Cero) en el pago a colaboradores.



¿Cómo funciona la regla de cero obligatorias en nóminas?

Es aplicable en todos los casos en donde se paguen conceptos de sueldos y salarios (Régimen de contratación “02” Sueldos, incluye asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR), se validará que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo, aun y cuando el subsidio para el empleo sea “0”.
No se permitirá incluir el subsidio para el empleo en recibos de nómina, cuyos conceptos sean diferentes a sueldos y salarios o asimilados a salarios, señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR (Régimen de contratación “02”).  Es decir que el concepto de subsidio para el empleo solamente se podrá incluir en estos tipos de pago (sueldos y salarios / asimilado a salarios).
Se validará que el monto de subsidio para el empleo reportado en el recibo de nómina no sea mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales.

Bajo estos lineamientos se busca eliminar el uso del criterio $0.01 en el campo de “subsidio de empleo”, haciendo obligatorio capturar el 0 cero, aun en el caso cuando el empleado no tenga derecho a un subsidio de empleo.